México establece obligaciones con perros y gatos
De acuerdo con la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, aprobada el 30 de abril por las Comisiones Unidas de Preservación del Medio Ambiente, Protección Ecológica y Cambio Climático; y de Salud y Asistencia Social, de la ALDF, los propietarios de mascotas, como perros y gatos, deberán registrarlas ante las autoridades, y contraen obligaciones permanentes con esos animales.
Según esa ley, los dueños de las mascotas deberán brindarles “atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento, la zoofilia y la deformación de sus características físicas; asegurando siempre la sanidad animal y la salud pública”.
Con ello se busca también, según los legisladores, proteger la salud y seguridad de los humanos, al evitar que existan perros callejeros, pues según datos de la Secretaría de Salud existen alrededor de 22 millones de canes, de los cuales más de 10 millones viven en las calles.
Entre las obligaciones de los propietarios de perros y gatos se cuenta también reportar el cambio de dueño o la muerte o extravío del animal, así como vacunarlo, protegerlo de las adversidad climática, colocarle un collar de identificación y un microchip “en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de la adquisición del animal de compañía”, para poder recuperarlo en caso de extravío.
Incluso, quedan obligados a garantizar que el perro o gato disponga de suficiente convivencia con otros animales o seres humanos.
En su artículo 25, la mencionada Ley prohíbe la venta y explotación de animales en la vía pública, en vehículos, domicilios particulares y mercados, o anunciar la venta de animales “sin contar con un establecimiento comercial autorizado…”
También prohíbe tener relaciones sexuales con animales: “Los actos de zoofilia, podrán ser denunciados ante las instancias judiciales correspondientes competentes”.
Los dueños de animales tampoco podrán permitir que se reproduzcan más de dos veces al año, ni podrán amarrarlos o encadenarlos permanentemente.
Para garantizar el cumplimiento de esas normas se establecen multas que van de 1 a 150 días de salario mínimo vigente en el DF.