¿Eres empleado y has prestado tus servicios por más de 1 año al mismo empleador? Consulta todo sobre los fondos de reserva aquí.
Los fondos de reserva del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, es un beneficio al que tienen derecho los trabajadores luego de su primer año de trabajo (a partir del mes 13).
Este corresponde al 8,33 % de la remuneración total.
El IESS indica que los valores acumulados en las cuentas individuales de fondos de reserva y de cesantía del afiliado activo con relación de dependencia, sirven para garantizar el préstamo quirografario.
QUÉ SON LOS FONDOS DE RESERVA
El IESS es el receptor de los fondos de reserva de los empleados afiliados a dicho instituto, que prestan servicios por más de 1 año para un mismo empleador, según lo establece el Código del Trabajo.
Aquel trabajador que dejare de laborar en la empresa antes del año, por cualquier motivo, no será beneficiario del fondo de reserva.
Pero si luego de un tiempo, regresa a servir al mismo empleador, se sumará el tiempo de servicio anterior al posterior, y desde el mes 13 hay que pagar el fondo de reserva.
El trabajador puede optar por cobrar ese monto con su salario mensual o ahorrarlo en su cuenta individual del IESS.
En caso de elegir la segunda alternativa se deberá realizar una solicitud.
CÓMO SOLICITAR SU ACUMULACIÓN
Si el afiliado decide que el empleador deposite el valor mensual del fondo de reserva en el IESS, debe ingresar a la página www.iess.gob.ec.
Escoger la sección de asegurado: opción afiliados.
Seleccionar fondos de reserva. Registrar su número de cédula y clave de acceso, dar clic en solicitud Fondo de Reserva, solicitud de acumulación de fondo de reserva.
Luego se debe confirmar la información personal que se detalla y dar clic en guardar.
De esta forma, el empleador depositará mensualmente en el IESS, el 8,33% de la remuneración junto a la planilla mensual de aportes.
El empleador tiene 15 días del mes siguiente para pagar el fondo de reserva, caso contrario, causa mora con las multas correspondientes.
CÓMO SE CALCULA
El valor a pagar por tus fondos de reserva se calcula de la siguiente manera: se considera el 8.33% de la remuneración percibida durante un mes de trabajo (incluye horas extras y suplementarias, comisiones, beneficios y además de todos los ingresos que percibas por parte de la empresa a excepción de utilidades, viáticos, décimos y beneficios de orden social).
CONCEPTO | VALOR |
Sueldo | 600 |
Comisiones | 60 |
Horas extras | 40 |
Total | 700 |
Fondo de Reserva | (700 * 8.33 / 100) = 58.31 |
Por ejemplo, si el trabajador recibe una remuneración total de $700 mensual, recibirá por fondos de reserva $58,31 cada mes. Este valor constará en el rol de pagos en un ítem aparte.
TIEMPO PARA LA DEVOLUCIÓN
Los afiliados deben tener 36 aportaciones mensuales o más de fondos de reserva para solicitar la entrega de este beneficio.
Además el afiliado que ceso en su trabajo debe esperar 2 meses desde la fecha de cese.
El afiliado debe contar con una cuenta bancaria en el sistema financiero, registrarla y validarla en el IESS.
Obtener su clave personal.
Cuando se trate de afiliados fallecidos, los herederos necesitarán la partida de defunción original, copia de cédula del afiliado fallecido, partida de matrimonio original, copias de cédulas del cónyuge y de los hijos, certificado bancario de todos los beneficiarios con derecho y posesión efectiva o copia certificada.
De los afiliados fallecidos, el trámite deben realizar los deudos en cada Dirección Provincial a través de las Coordinaciones Provinciales de Prestaciones de Pensiones, Riesgos del Trabajo, Fondos de Terceros y Seguro de Desempleo.
Los afiliados activos y cesantes podrán registrar la solicitud para la devolución del fondo de reserva a través de la página www.iess.gob.ec.
El IESS transferirá a las instituciones financieras inscritas por los afiliados, los recursos del fondo de reserva que le pertenezca, en el plazo de 3 días laborables. Esto se contará a partir del día siguiente de la solicitud.